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Sociedad CENTRAL TERMICA LOMA DE LA LATA S.A.
Dirección Ortiz de ocampo 3302, Edificio 4, P.4°
Característica Ext. de Tenedores
Fecha 23/03/2010
Hora 11:00
Fecha publicación convocatoria 08/03/2010
Fecha cierre depósito de acciones 17/03/2010
Hora 16:00
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1º) Los tenedores de Obligaciones Negociables podrán asistir a la asamblea personalmente o por medio de apoderado (con poder conferido por la persona que resulte titular de las Obligaciones Negociables según los certificados referidos más abajo, con facultades expresas y suficientes para asistir y votar en la asamblea), para lo cuál deberán comunicar a Caja de Valores S.A., en su domicilio sito en 25 de Mayo 362 Ciudad de Buenos Aires, su intención de hacerlo hasta el día 17 de marzo de 2010 a las 16 horas (de lunes a viernes) en el horario de 10 a 16 horas, hora de Buenos Aires.
2º) A los efectos de su registro para la asistencia a la asamblea los titulares de las Obligaciones Negociables deberán acreditar su titularidad sobre las Obligaciones Negociables, a satisfacción de la Sociedad, mediante la presentación y depósito, hasta las 17 horas del 17 de marzo de 2010, en el domicilio de la Sociedad, sito en Ortíz de Ocampo 3302, Edificio 4, Ciudad de Buenos Aires, mediante la presentación de: (i) si las Obligaciones Negociables se encuentran depositadas en un sistema de depósito colectivo nacional, deberán presentar un certificado emitido a su nombre por dicha entidad en los términos del articulo 4º, inciso d) del Decreto 677/01; o (ii) si las Obligaciones Negociables se encuentran depositadas en un sistema de depósito colectivo extranjero, deberán presentar un certificado emitido por dicha entidad que acredite la tenencia del participante respectivo en las Obligaciones Negociables a su nombre y, en su caso, un certificado emitido por ese participante a nombre del titular beneficiario que acredite la tenencia de las Obligaciones
Negociables por parte de este último.
3º) Todos los documentos deberán entregarse con firmas certificadas por escribano público y con su firma legalizada ante el Colegio Público de Escribanos de la jurisdicción que corresponda, en el caso que el escribano público fuera de una jurisdicción de la República Argentina distinta de la Ciudad de Buenos Aires. Todos los documentos emitidos fuera de la República Argentina deberán presentarse y entregarse con firmas certificadas por escriban público y ser legalizadas en los términos de lo previsto por la Convención de La Haya de 1961 (¿Apostille¿) o consularizados con intervención del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina. Adicionalmente, todos los documentos que se encuentren en idioma extranjero deberán ser traducidos al castellano por traductor público matriculado en la República Argentina con su firma legalizada por el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires.
4º) Se pone en conocimiento de los titulares de Obligaciones Negociables que la falta de comunicación y registro de asistencia en el tiempo y la forma especificados producirá la pérdida del derecho para asistir y participar en la asamblea.

 
    

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